Odón Elorza

Odón Elorza

Enmienda a los Presupuestos 2021 en favor de la Factoría Marítima Albaola en Pasaia (Gipuzkoa).

ENMIENDA al Proyecto de Presupuestos 2021. 

 

De : ODÓN ELORZA

 

Solicitud de Subvención de 350,00 Miles de € en favor de la Factoría Marítima Albaola en Pasaia (Gipuzkoa).

 

MOTIVACIÓN:      

 

Con la construcción de embarcaciones históricas como actividad principal, Albaola “La Factoría Marítima Vasca”, ubicada en Pasaia, Gipuzkoa, es un espacio innovador, de enseñanza e investigación, donde se recupera y pone en valor la tecnología marítima artesanal. La Factoría está abierta al público y se caracteriza por su dinamismo, por la diversidad de sus actividades y por su proyección internacional.

La construcción naval, la escuela internacional de carpintería de ribera, la escuela de navegación, el taller de modelismo naval, el rincón del grumete, la programación de artes escénicas del teatro del mar y el grupo de voluntariado, componen un universo creativo que Albeola tiene la intención de dar a conocer el pasado marítimo del País Vasco. La Factoría Marítima es el lugar en donde se gestan y de donde zarpan navegaciones imposibles, buscando el conocimiento desde la experimentación, formando parte así del Patrimonio Marítimo Vasco.


SECCIÓN 

MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE

 

ENMIENDA 

 FAKTORÍA MARÍTIMA ALBAOLA , PASAIA en GIPUZKOA.

ALTA Sección:   24.  

Importe: 350 miles €

  

Odón Elorza / Diputado del PSE/PSOE por Gipuzkoa.

Palacio del Congreso, 5 de noviembre de 2020.      

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  • Categoría: Blog

Presupuestos 2021 : diálogo y nervios de acero.

Evitemos que se genere más ruido en una semana decisiva para aprobar los Presupuestos de 2021. Y los desacuerdos que pueda haber en el seno del Gobierno de coalición que se resuelven puertas adentro.

Hay demasiada presión por actitudes irresponsables y por errores que ya conocemos. La derecha juega a enfrentarnos y a intentar romper los complejos acuerdos presupuestarios. El diálogo interno y la priorización del interés general deben primar y evitar respuestas viscerales.

En mi opinión, se impone el DIÁLOGO y los nervios de acero ante maniobras extrañas y el acoso de la derecha. En medio de una pandemia todavía incontrolada tenemos que aprobar unos Presupuestos que resultan decisivos para reconstruir la economía, salvar empleos y negocios, recibir las ayudas de la UE y recuperar la CONFIANZA de millones de familias.

El Gobierno sabe que no puede defraudar a la ciudadanía; además, sería un suicidio porque el Gobierno de izquierdas, una experiencia histórica, entraría en crisis.

La verdad es que se ha avanzado mucho y con grandes dificultades en el acuerdo presupuestario entre grupos políticos tan diferentes. Por tanto, no perdamos la calma a estas alturas y relativicemos algunos desencuentros para poder dar los pasos finales.

La responsabilidad debe imponerse y prevalecer el interés general con todo lo que hay en juego para España.

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Proposición de Ley de reforma de la Ley 19/2013 de Transparencia para que sea de aplicación a la Familia Real.

                                           A LA MESA DEL CONGRESO.

Odón Elorza González, como Diputado y en nombre del Grupo Parlamentario Socialista me dirijo a esa Mesa para, al amparo de lo establecido en el artículo 124 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presentar esta Proposición de Ley de reforma de la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

 

En el Congreso de los Diputados a 23 de julio de 2020

 

PORTAVOZ DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA 35/BGF

 

                                               EXPOSICIÓN DE MOTIVOS :

 

El objeto de la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, según señala en su artículo 1, es “ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a aquella actividad y establecer las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos así como las consecuencias derivadas de su incumplimiento”.

Los Parlamentos que se dotan de normas con una regulación exigente a la hora de establecer unas reglas de transparencia acordes con los tiempos y las demandas de una sociedad democrática e incorporan principios de buen gobierno y procesos de rendición de cuentas a seguir por sus instituciones, sin excepción, disfrutan de una democracia de más calidad y con instituciones que gozan de una mayor confianza ciudadana y solvencia internacional.

Por otra parte, al posibilitar sistemas de fiscalización de los poderes públicos y prever mecanismos eficaces de transparencia en la información para combatir, preventivamente, la corrupción, se contribuye a la necesaria regeneración democrática, se promueve la eficiencia del Estado de Derecho, se fortalece la democracia y se favorece el desarrollo económico y social.

En ese sentido, la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno afrontó cuestiones pendientes en la vida política española y supuso un avance normativo aunque insuficiente. Partiendo de la Disposición Final Octava de la Ley, donde se recogen los títulos competenciales que señaló el Estado para fundamentar la aprobación de la Ley 19/2013, es preciso dar un paso más para hacer efectiva la igualdad de derechos y obligaciones de todos los españoles, sin inmunidades ni excepciones extrañas y bajo el control jurisdiccional como corresponde a un Estado de Derecho del siglo XXI.

La transparencia y la publicidad activa, el derecho al acceso a la información pública y el cumplimiento de las normas de buen gobierno, se han convertido en ejes fundamentales a respetar en toda acción política de los altos cargos. Sólo cuando los comportamientos de los máximos responsables de nuestras instituciones son ejemplares y optan por actuar desde las reglas de la transparencia frente a la opacidad, sólo cuando la ciudadanía puede conocer cómo y por qué se toman las decisiones que les afectan y cómo se gestionan los fondos públicos o bajo qué criterios actúan las instituciones, entonces los poderes públicos están respondiendo de modo satisfactorio a una sociedad democrática que es crítica, exigente y que demanda participación y herramientas para hacer posible un control ciudadano democrático y el ejercicio de rendición de cuentas.

Además de todo lo concerniente a las formas a seguir en la toma de decisiones por parte de los poderes públicos, hace ya tiempo que la sociedad reclama, también, que los comportamientos y conductas personales de quienes ocupan las mayores responsabilidades políticas en las instituciones sigan unas pautas éticas.

De ahí que la Ley, en su Título I, regule la trasparencia con un ámbito subjetivo de aplicación muy extenso al incluir a los altos cargos del Poder Ejecutivo de las Administraciones Públicas, los órganos del Poder Legislativo y Judicial, así como otros Órganos Constitucionales y Reguladores. Asimismo, la Ley se aplica a entidades públicas empresariales y agencias estatales, que, por su especial relevancia pública, o por su condición de perceptores de fondos públicos, vienen obligados a reforzar la transparencia de su actividad.

En concreto, la Ley se aplica a las Corporaciones de Derecho Público, a la Casa de Su Majestad el Rey al servicio del Jefe del Estado, al Congreso de los Diputados, Senado, órganos como el Tribunal Constitucional y Consejo General del Poder Judicial, así como al Banco de España, Consejo de Estado, Defensor del Pueblo, Tribunal de Cuentas, Consejo Económico y Social e instituciones autonómicas y locales. También se aplica a los partidos políticos, organizaciones sindicales y empresariales.

El artículo 2.f) de la Ley de Transparencia incluye en su aplicación a la Casa de Su Majestad el Rey, organismo de apoyo y asistencia al Rey en sus funciones de Jefe del Estado, respecto a sus propias actividades institucionales, actos de gestión administrativa y presupuestaria de las cantidades que tiene asignadas. Lo que no está sometido a esta Ley son las actividades ni bienes y patrimonio del Rey Felipe VI y de la Familia Real.

Por otra parte, la Ley, en el artículo 8.1.f) para el caso de las retribuciones de los altos cargos y en el artículo 8.1.h) para las declaraciones de bienes y actividades de los representantes locales, prevé la publicidad de sus ingresos y patrimonio, de acuerdo con el desarrollo de las obligaciones concretas contempladas en normas sectoriales. Así, la declaración de bienes y derechos patrimoniales para los altos cargos se establece en la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado.

En los tiempos de desafección que vivimos, ante noticias constantes de abusos de poder y corrupción y en el marco de en un sistema constitucional de Monarquía Parlamentaria, resulta pertinente que el Rey, que ostenta la Jefatura de Estado, quede incluído en el ámbito subjetivo de aplicación de la Ley de Transparencia.

Por otra parte, ni en la Constitución Española ni en ninguna otra norma se establece un vínculo entre La Corona y principios y valores ejemplares como la igualdad, honestidad, imparcialidad, ética civil, transparencia, etc. De ahí la conveniencia de extender las disposiciones recogidas en el artículo 26 de la LTAIPBG al Jefe del Estado y a quienes forman parte de la Familia Real.

No extender a La Corona, más allá de su singularidad y su no pertenencia a la Administración General del Estado, y frente al principio de irresponsabilidad que rige en la actualidad la actuación y funciones constitucionales y de otro carácter del Rey, la aplicación de aquellos principios y responsabilidades de buen gobierno que resultan legalmente exigibles para los demás instituciones y organismos, carece de justificación y es contrario al artículo 14 de la Constitución.

El propio Rey Felipe VI, en su discurso de proclamación ante las Cortes Generales el 19 de junio de 2014, tras la abdicación de Don Juan Carlos I, manifestó lo siguiente:

“La Corona debe (...) velar por la dignidad de la Institución, preservar su prestigio y observar una conducta íntegra, honesta y transparente, como corresponde a su función institucional y a su responsabilidad social. Porque, sólo de esa manera, se hará acreedora de la autoridad moral necesaria para el ejercicio de sus funciones. Hoy, más que nunca, los ciudadanos demandan con toda razón que los principios morales y éticos inspiren –y la ejemplaridad presida– nuestra vida pública. Y el Rey, a la cabeza del Estado, tiene que ser no sólo un referente sino también un servidor de esa justa y legítima exigencia de los ciudadanos”.

En coherencia con lo anterior, la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno debe ser de aplicación al Rey, como Jefe del Estado, y a la Familia Real. Esto supone su equiparación al régimen de obligaciones que se aplican al Presidente del Gobierno y los Ministros, Presidentes de Comunidades Autónomas, Diputados y Senadores, Alcaldes, miembros de organismos constitucionales y supervisores, responsables de sociedades públicas, etc. El Rey, como máxima institución del Estado, ha de entender que la transparencia es una fuente de legitimidad en la medida en que genera confianza ciudadana en una institución.

El Rey Felipe VI, que ostenta la Jefatura de Estado, ejercerá mejor su función moderadora, de neutralidad y arbitraje, esencial para el buen funcionamiento del Estado de Derecho, si refuerza su auctóritas y su prestigio. Para lograrlo ha de asumir el ejercicio de las reglas de transparencia en relación con sus funciones y con la declaración pública de sus bienes y patrimonio, comprometerse con los valores de la ética civil, mantener un comportamiento ejemplar y seguir los principios del buen gobierno que se contemplan en el artículo 26 de la presente Ley. Principios que son de aplicación al mismo Presidente del Gobierno y a gran número de cargos públicos en España. De ese modo, quedaría plasmado el artículo 14 de la Constitución, según el cual “los españoles somos iguales ante la ley”.

En base a las anteriores consideraciones, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente Proposición de Ley de reforma de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, cuyo objetivo es añadir una nueva Disposición Adicional.

Artículo único. Reforma de la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

Añadir una nueva Disposición Adicional que quedaría redactada como sigue:

Disposición Adicional Novena : “Aplicación de las obligaciones de transparencia y buen gobierno a los miembros de la Familia Real”.

1. Al Rey y a los demás miembros de la Familia Real les será de aplicación, en el ejercicio de sus funciones, lo dispuesto en esta Ley en lo que se refiere a los principios de transparencia y buen gobierno.

2. El Rey de España, en su condición de Jefe del Estado, así como los demás componentes de la Familia Real, deberán efectuar declaración pública de sus ingresos, bienes y derechos patrimoniales cada año. Para ello, aportarán el certificado de la última declaración del Impuesto sobre el Patrimonio y el del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Todo lo cual remitirán a Las Cortes.

Disposición final.

La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»

 
* Nota: Esta iniciativa no fue registrada. 

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PROPOSICIÓN NO DE LEY sobre el IV Plan Gobierno Abierto de España 2020-2024.

                           A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

 

Odón Elorza González, Diputado del Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY sobre “el IV Plan Gobierno Abierto de España 2020-2024”, para su debate en Comisión Constitucional.

 

                            Congreso de los Diputados, 11 de noviembre de 2020.

 

EL DIPUTADO

ODÓN ELORZA GONZÁLEZ

 

                                                 EXPOSICION DE MOTIVOS :

 

La Constitución española garantiza a la ciudadanía el ejercicio de su derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o a través de sus representantes libremente elegidos. En diferentes preceptos constitucionales - artículos 9.2, 23.1 y 105 - se reconoce el derecho de participación en las decisiones públicas y todos los poderes públicos tienen el deber de promover y facilitar esa participación de la ciudadanía en la vida política, económica, social y cultural.

Lo cierto es que la sociedad en general ha venido expresando, cada vez con más intensidad, sus demandas de mayor transparencia en la vida política, más vías de participación, rendición de cuentas por parte de los gobiernos, integridad en el funcionamiento de las instituciones y colaboración en las decisiones públicas. En respuesta a estas peticiones España se sumó en 2011 a la Alianza para el Gobierno Abierto y, desde entonces, se han desarrollado tres planes nacionales con actuaciones que han permitido avances que favorecen un sistema de democracia participativa.

En el marco del Foro de Gobierno Abierto, que reúne a las Administraciones Públicas con las organizaciones de la sociedad civil, en un espacio de diálogo y deliberación sobre Gobierno Abierto, se han ido acordando los objetivos y prioridades de gobernanza democrática para España de cara a los siguientes años.

Los anteriores Planes de Gobierno Abierto han servido para impulsar la aprobación de normativas como la Ley 19/2013 de Transparencia, Acceso a la información y Buen gobierno, la puesta en marcha del Portal de Transparencia, la creación del Consejo de Transparencia y el Observatorio de la Participación, un espacio participativo web de Gobierno Abierto, la carpeta ciudadana, etc.

El 14 de febrero de 2019 se aprobó el Documento Marco para la elaboración del “IV Plan Gobierno Abierto de España”, tanto por la Comisión Sectorial de Gobierno Abierto, órgano de cooperación entre las Administraciones Públicas, como por la Comisión Permanente del Foro del Plan.

En este Documento se fijaron los objetivos generales y los criterios para el desarrollo de un proceso participativo para establecer su contenido. También se estableció una selección previa de propuestas ciudadanas que se recibieron como consecuencia de un primer proceso de consulta pública.

La crisis provocada por la COVID-19 supuso el aplazamiento de la dinámica prevista para la elaboración del IV Plan que se retomó el 8 de junio de 2020 con la posterior celebración de los talleres deliberativos para debatir y priorizar las 130 propuestas de la ciudadanía y de las organizaciones interesadas.

El resultado fue un ambicioso y acertado borrador de Plan que se sometió por parte de la Dirección General de la Gobernanza Pública a nueva consulta pública para la recepción de consideraciones, entre el 28 de septiembre y el 16 de octubre.

El Documento final del IV Plan se acaba de aprobar y se proyecta a cuatro años para el cumplimiento de 10 ambiciosos compromisos que se estructuran en torno a cuatro grandes objetivos:

- Profundizar en la transparencia, en el acceso a los datos abiertos y en la rendición de cuentas de las Administraciones Públicas.

- Impulsar y fortalecer la calidad de la participación en la gestión pública.

- Fortalecer valores éticos y mecanismos para afianzar la integridad de las instituciones.

- Sensibilizar a la sociedad y a las empleadas y empleados públicos sobre los valores del Gobierno Abierto.

Para llevarlos a cabo, se contemplan 110 iniciativas, 53 de las cuales, integradas en el compromiso 10 de iniciativas de ámbito autonómico y local, corresponden a las Administraciones Autonómicas y a la FEMP.

Entre las actuaciones que este Plan quiere promover e impulsar se pueden destacar las siguientes: Mejora de los sistemas de Integridad pública, Regulación de un registro de lobbies, modificar la ley de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones, Protección de las personas denunciantes, Observatorio de Buenas prácticas en Gobierno Abierto, desarrollo de una Plataforma de Participación en el Portal de Transparencia, sistema para mejorar la trazabilidad del proceso de elaboración normativa o huella normativa, reforma de la Ley de Transparencia, Plan de mejora de la transparencia y de la Rendición de Cuentas mediante seguimiento periódico de cumplimiento de compromisos, mejora del Portal de Transparencia con ampliación de la Publicidad Activa, crear una herramienta informativa de los Presupuestos, Laboratorios de innovación para promover la Participación en políticas públicas, ...

Dada la trascendencia del “IV Plan Gobierno Abierto de España 2020-2024” por su incidencia en reformas y nuevos proyectos legislativos, impulso de iniciativas de las Administraciones Públicas, promoción de derechos constitucionales y sensibilización en los valores democráticos, es oportuno establecer un vínculo de relación formal para el debate e intercambio de ideas entre los responsables gubernamentales del IV Plan y el Congreso.

De esa manera, y con la iniciativa que se propone, será posible dar a conocer a la sociedad española este trabajo, crear un cauce de colaboración para profundizar el Gobierno Abierto y la democracia participativa y favorecer la extensión de buenas prácticas parlamentarias.

En base a las anteriores consideraciones, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente,

                                               PROPOSICIÓN NO DE LEY: 

 

“El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a:

 

1. Remitir anualmente a la Presidencia y Grupos Parlamentarios del Congreso una Memoria informativa que detalle los avances y el estado de progreso de los diferentes compromisos y actuaciones recogidas en el IV Plan Gobierno Abierto de España 2020-2024.

2. Comparecer en la Comisión correspondiente del Congreso, por medio de responsables del Plan Gobierno Abierto de España, para efectuar un seguimiento parlamentario del IV Documento, debatiendo la Memoria anual, en especial su contribución a la calidad de la democracia, y evaluando el grado de cumplimiento de los compromisos y actuaciones contempladas”.

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Espacio de diálogo e interacción con el diputado socialista por Gipuzkoa.

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