Odón Elorza

Odón Elorza

Agenda del Diputado. Semana del 14 al 19 de junio.

Reuniones y tareas principales.  

Lunes 14

10,30 h. CEF del PSOE vía telemática.

- Preparación de los temas del Pleno y de la intervención del martes sobre la Proposición de Ley para la reforma del Código Penal, en relación con la eliminación de restricciones al ejercicio de la libertad de expresión.

Martes 15

15 h. Pleno del Congreso. Intervención sobre la reforma del Código Penal y la libertad de expresión.

Miércoles 16

09 h. Pleno. Sesión de control al Gobierno

12 h. Reunión con APRI en el Congreso sobre norma para regular los Lobbies.

13,30 h. Comisión Constitucional. Intervención en defensa de la PNL que presenté para condenar los discursos de odio.

Jueves 17

Estudio de la nueva iniciativa parlamentaria que presentaré la próxima semana.

Viernes 18

Reuniones varias en San Sebastián para contrastar iniciativas parlamentaria.

Sabado 19

10,30 h. Ídem 

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Proposición sobre la urgente necesidad de proceder a la renovación de cuatro magistrados del Tribunal Constitucional por parte del Congreso.

                                     A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

 

El Grupo Parlamentario Socialista, de conformidad con los artículos 193 y siguientes del Reglamento de la Cámara, presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY, sobre la urgente necesidad de proceder a la renovación de cuatro magistrados del Tribunal Constitucional por parte del Congreso, para su debate en la Comisión Constitucional.

 

Congreso de los Diputados, 26 de mayo de 2021.

EL DIPUTADO

ODÓN ELORZA GONZÁLEZ. PORTAVOZ DEL GRUPO PARLAMENTARIO SOCIALISTA EN LA COMISIÓN CONSTITUCIONAL

 

                                         EXPOSICION DE MOTIVOS :

 

El Tribunal Constitucional es uno de los órganos más importantes de nuestra arquitectura institucional. No solo es el garante final de la protección de los derechos fundamentales o del reparto de competencias entre el Estado y las CCAA. Entre sus funciones también ostenta la de legislador negativo, esto es, tiene la capacidad de expulsar del ordenamiento cualquier norma jurídica que considere contraria a la Constitución, incluidas las leyes, que son manifestación directa de los representantes de la voluntad popular.

Durante muchos años, el Estado constitucional en Europa funcionó sin Tribunal Constitucional. Con los importantes precedentes de la Constitución austriaca de 1920, en cuya redacción influyó directamente Hans Kelsen, y del Tribunal de Garantías Constitucionales de la Segunda República española, es solo a partir del final de la Segunda Guerra Mundial (Constitución italiana de 1947; Ley Fundamental de Bonn de 1949) cuando se generaliza esta institución, sobre la que hasta ese momento se tenían ciertas dudas sobre su conveniencia, basadas principalmente en que se concebía como problemático e incluso inconveniente que una institución no elegida por la ciudadanía pudiera ejercer funciones tan relevantes, que incluían, incluso, la potestad de corregir al Parlamento, que sí tiene una legitimidad democrática directa.

Finalmente, el convencimiento de que solo a través de la existencia de un Tribunal Constitucional es posible garantizar la supremacía jurídica del Texto Constitucional, conjuraron estas prevenciones, y desde mediados del Siglo XX la mayoría de los Estados europeos cuentan con Tribunales Constitucionales, incluido España, que incorporó este órgano a nuestro entramado institucional en la Constitución de 1978.

Esta introducción histórica es importante para calibrar no solo la importancia de la institución, sino también para poner el foco en que se trata de un órgano constitucional cuyo funcionamiento es especialmente sensible al reconocimiento de su auctoritas por el conjunto de la ciudadanía y del resto de órganos del Estado.

Todos, ciudadanía e instituciones, estamos sometidos a la Constitución. Quien decide si nuestros actos o las leyes que aprueban nuestros representantes se ajustan a la Constitución es el Tribunal Constitucional. Son doce jueces elegidos según las normas fijadas en la Constitución y en la ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

Es decir, si las Cortes Generales o un Parlamento autonómico interpretan que una ley se ajusta a la Constitución y, sin embargo, el Tribunal Constitucional interpreta lo contrario prevalece la opinión jurídica del Tribunal Constitucional. En ello se basa el sistema. Todos debemos acatar sus resoluciones, aunque no las compartamos, y aunque la legitimidad democrática de esta institución no sea directa, como la es la del Poder Legislativo.

La legitimidad del TC para imponer su interpretación procede de la propia Constitución, pero a nadie se le escapa que si alguna institución requiere de un especial cuidado por parte de todos, por la importancia de sus funciones y por la relevancia de las instituciones a las que puede reconvenir, es el Tribunal Constitucional.

”La vida y el prestigio de las instituciones depende tanto de lo que ellas hacen como de lo que se hace con ellas”. Esta idea fue formulada, en referencia al Tribunal Constitucional, por el que fuera durante muchos años su Presidente, Francisco Tomás y Valiente. Se refería el profesor Tomás y Valiente a que, muchas veces, el Tribunal Constitucional se ve sometido a un desgaste en su perfil institucional no precisamente por errores en el funcionamiento del mismo sino por lo que realizan otras instituciones en su relación con el Alto Tribunal.

Desde hace un año y medio, estamos en uno de esos momentos del que hablaba Tomás y Valiente. En noviembre de 2019, en riguroso cumplimiento de la Constitución y de la LOTC, el Congreso de los Diputados debió haber propuesto al Rey el nombramiento de los cuatros magistrados del Tribunal Constitucional que le corresponde en virtud del artículo 159.1 CE. No lo hizo. Desde esa fecha, por tanto, cuatro magistrados del TC están ejerciendo sus funciones fuera del plazo fijado por la Constitución para su mandato. A ello debemos añadir que uno de ellos dimitió de su cargo en octubre de 2020, por lo que el Alto Tribunal está funcionando con 11 magistrados, en lugar de con los 12 que lo componen, según la Constitución.

Pero hay más. El artículo 159.3 de la Constitución dice lo siguiente: “Los miembros del Tribunal Constitucional serán designados por un período de nueve años y se renovarán por terceras partes cada tres”.

Por tanto, si en 2019 se debieron haber renovado los cuatro magistrados que debe proponer el Congreso, en 2022 se renovarán los dos que debe proponer el CGPJ y los dos que debe proponer el Gobierno. Si el Congreso siguiera haciendo caso omiso al mandato constitucional y continuara sin proponer magistrados en 2021, se podría dar la circunstancia de que en 2022 se produjera la renovación de ocho magistrados el mismo año, es decir, dos terceras partes del Alto Tribunal, en abierta contradicción con la renovación por tercios expresamente mandatada por la Constitución en su artículo 159.3.

Los magistrados y letrados del Tribunal Constitucional hacen un trabajo encomiable por mantener el prestigio de la institución, presupuesto necesario para que su labor venga revestida de la auctoritas necesaria en una institución de esta naturaleza, que tiene por delante unos meses en los que se prevé que tome decisiones muy trascedentes. El Congreso de los Diputados también debe estar a la altura. Mantener la institución mutilada (con 11 miembros en lugar de 12) y con parte de sus magistrados en funciones, ayuda muy poco a mantener e incrementar el prestigio del Tribunal Constitucional.

Dejar pasar 2021 sin proponer nombramientos y vulnerar, por tanto, el mandato del art. 159.3 CE sería directamente un desprecio inaceptable hacia una institución que juega un papel clave en la democracia española.

Que es el Congreso, por mayoría de tres quintos, quien tiene que proponer estos nombramientos, está en el art. 159.1 de la Constitución. Uno no puede autodenominarse constitucionalista, a menudo acusar a los demás de no serlo, y al mismo tiempo vulnerar de una manera tan directa, abierta y sin complejos no solo el espíritu, sino la letra de la Constitución. El primer deber de un ciudadano es cumplir la Constitución. Si encima ejerce la representación y lo hace con un discurso político en el que apela constantemente a la defensa de la Constitución, es más inexplicable todavía que no lo haga.

El Grupo Parlamentario Socialista lleva muchos meses reclamando que se ejerza, desde aquellos que están en el bloqueo, algo tan básico como el cumplimiento de la Constitución. No se trata de llegar a un acuerdo porque interese o no políticamente: se trata de llegar a un acuerdo porque es un deber constitucional, un deber jurídico, un deber con nuestro país y con sus instituciones.

Por todo ello, el Grupo Parlamentario Socialista presenta la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY :

 

"El Congreso manifiesta la urgente necesidad de que se proceda a proponer los cuatro magistrados del Tribunal Constitucional que le corresponde designar a la Cámara en virtud del art. 159.1 CE, haciendo el máximo esfuerzo para lograr un amplio consenso en torno a personas de mérito, objetivamente capacitadas, con trayectoria de prestigio y garantía de independencia en el desarrollo de su tarea”.


*NOTA: Esta iniciativa parlamentaria que presenté en mayo’21 no fue aceptada por la dirección del Grupo Socialista y, por tanto, no está registrada para su tramitación en la Comisión Constitucional. 

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Agenda del Diputado. Semana del 7 al 12 de junio.

Reuniones y tareas principales.  

Lunes 7

Repaso de asuntos pendientes y del calendario legislativo en la Comisión Constitucional

Martes 8

11,45 h. Reunión telemática de los miembros del Grupo Socialista en la Comisión de Hacienda.

15 h. Pleno del Congreso

19 h. Conferencia sobre Estrategias de Ciudades ( Plan San Sebastián 2030) Desde el Museo de San Telmo, presencial o vía la web del Museo.

Miércoles 9

09 h. Pleno. Sesión de control al Gobierno

Jueves 10

09 h. Pleno

15,30 h. Comisión de Política Territorial y Función Pùblica: comparecencia del Presidente del Consejo de Transparencia.

Viernes 11  

Preparación de los temas que se tratarán en la Comisión Constitucional del próximo miércoles 16.

17 h. Reunión con la Sociedad de Ciencias Aranzadi en su sede de San Sebastián. 

Sabado 12

Preparacion de dossier sobre la libertad de expresión y las penas para los expresiones consideradas delictivas recogidas en el Código Penal. Análisis de la Proposición de Ley que propone la reforma del Código Penal y que se debatirá el próximo martes en el Pleno del Congreso.

Domingo 13

Idem . 

 

 

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Pregunta al Gobierno sobre “la falta de transparencia en el nuevo contrato de compra por la Comisión Europea de 1800 millones de dosis a la farmacéutica Pfizer”.

                                 A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

 

ODÓN ELORZA GONZÁLEZ, Diputado por Gipuzkoa, perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el Art. 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente pregunta sobre “el nuevo contrato de compra de la Comisión Europea de 1800 millones de dosis a la farmacéutica Pfizer”, para que les sea contestada por escrito.

                                            EXPOSICIÓN DE MOTIVOS : 

 

Se ha conocido, por la información de la prensa, que el pasado día 8 de mayo de 2021 la Comisión Europea ha aprobado un nuevo contrato de compra de un total de 1.800 millones de dosis de la vacuna de Pfizer/BioNTech.

La noticia se hace eco de la nota oficial de la presidenta del Ejecutivo comunitario, Ursula von der Leyen, y el contrato contempla 900 millones de dosis garantizadas de la vacuna de Pfizer, así como otros 900 millones "opcionales" para su distribución entre 2021 y 2023. "Seguirán otros contratos y otras tecnologías de vacunas", añade la nota sin más precisiones.

Sin embargo, la ciudadanía española, como parte de la ciudadanía europea, tiene derecho a saber el contenido del contrato, no aceptando la opacidad que ya se produjo en anteriores contratos durante 2020. Por ello, este nuevo megacontrato ha de ser absolutamente transparente, de acuerdo con las recomendaciones que estableció el Parlamento Europeo para los siguientes contratos a suscribir por la Comisión Europea.

Es también la manera de conocer si recoge, además, cláusulas de condiciones a la farmacéutica Pfizer con el fin de lograr un aumento masivo de la producción de vacunas. Para ello, se deberían haber incluido cláusulas que obligasen a Pfizer/BioNTech a nuevas concesiones de licencias voluntarias y no restrictivas a terceras empresas localizadas en países del Sur que, además, conlleven una transferencia de conocimientos y tecnologías, así como permiso de exportación a otros Estados y un precio justo. Todo ello para facilitar la producción masiva de vacunas.

No puede la Comisión Europea aprobar un contrato que se supone muy costoso, de tanta trascendencia para la población de la UE, sin dar a conocer íntegramente su contenido y las razones de esa elección concreta. Y en un escenario con graves dificultades para hacer accesibles las vacunas contra la COVID-19 a toda la población de los países pobres o en vías de desarrollo en el planeta.

En base a las anteriores consideraciones, se formula la siguiente Pregunta al Gobierno:

 

¿Piensa el Gobierno de España dirigirse a la Comisión Europea para instarle a que haga público, con total transparencia, el contenido del nuevo contrato que ha suscrito con Pfizer / BioNTech para la compra de 1800 millones de dosis de vacunas a dicha empresa farmacéutica?

En el Congreso de los Diputados, a 17 de mayo de 2021.

 

EL DIPUTADO
ODÓN ELORZA GONZÁLEZ 

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