Odón Elorza

Odón Elorza

Pregunta sobre la situación de la urbanización de Iterlimen en Hondarribia (Gipuzkoa).

                           A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS.

 

ODÓN ELORZA GONZÁLEZ, Diputado por Gipuzkoa, perteneciente al Grupo Parlamentario Socialista del Congreso, al amparo de lo establecido en el Art. 185 y siguientes del vigente Reglamento del Congreso de los Diputados, presenta la siguiente pregunta sobre la situación de la urbanización de Iterlimen en Hondarribia (Gipuzkoa) para que les sea contestada por escrito.

 

                                               EXPOSICIÓN DE MOTIVOS :

 

Por una Orden Ministerial de 8 de junio de 1966 se otorgó una concesión demanial para desarrollar una gran parcela en las inmediaciones de la Playa de Hondarribía en favor de Iterlimen S.A.

En los últimos años, ha surgido un conflicto jurídico en relación con aspectos de dicha concesión que afecta a las 425 familias propietarias de las viviendas allí construidas. Su pretensión es regularizar la situación de las viviendas mediante el reconocimiento de su condición de titulares de buena fe de aquella concesión administrativa inscrita en el Registro de la Propiedad así como el otorgamiento de una prórroga de la concesión sobre el dominio público.

En base a estas consideraciones, se formula la siguiente Pregunta :

¿Cuál es en la actualidad la situación de las 425 familias que habitan en la urbanización de ITERLIMEN en Hondarribia, que se consideran propietarios de sus viviendas como concesionarios de la concesión demanial de Costas otorgada en 1966 y por un periodo establecido de 99 años?

¿A la vista de la complejidad que presenta el conflicto jurídico suscitado, qué medidas piensa adoptar el Ministerio de Hacienda para intentar dar una respuesta al estado de incertidumbre en el que se encuentran las 425 familias identificadas como titulares regístrales de pisos en ITERLIMEN, al estar sus viviendas escrituradas con su correspondiente IBI y totalmente integradas en la urbanización del pueblo?

¿Se ha intentado una vía negociadora entre el área de Patrimonio del Ministerio de Hacienda y la representación de las 425 familias de las viviendas de Iterlimen, con el objetivo de regularizar su situación mediante una prórroga legal pactada de la concesión administrativa que les garantice la condición de concesionarios y por tanto el uso y disfrute de las viviendas?

 

En el Congreso de los Diputados, a 27 de octubre de 2020

 

EL DIPUTADO
ODÓN ELORZA GONZÁLEZ

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Sobre la repetición del juicio por el caso Otegi / Bateragune. (Nota del PSE-PSOE)

El PSE-EE ya expresó en su día su incomprensión y reservas por el proceso y la sentencia del caso Bateragune, por el que se condenó a varios dirigentes abertzales por pertenencia a ETA, en un tiempo en que la banda terrorista estaba ya en proceso de desaparición y el mundo de Batasuna se había desmarcado de la estrategia violenta.

Ha sido ésta una posición que hemos mantenido a lo largo del tiempo, también cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (en noviembre de 2018) señaló que el juicio realizado en la Audiencia Nacional no había sido justo por la falta de imparcialidad de la magistrada Ángela Murillo.

Dicho esto, cabe recordar que el Tribunal Europeo de Estrasburgo no entró en el fondo del asunto, ni valoró la inocencia o culpabilidad de los condenados, sino que se limitó a señalar que hubo un grave defecto procesal en el juicio, que hacía la sentencia injusta. Por tanto, Europa no absolvió a Otegi ni al resto de dirigentes abertzales. Declaró la nulidad de un juicio, que ahora se va a repetir para subsanar el defecto procesal.

A partir de aquí, entendemos que el nuevo juicio puede ser una oportunidad para que tribunales rectifiquen un sentencia, que en su día ya dijimos que no entendíamos, y vuelvan a analizar los hechos con un mayor conocimiento de los hechos.

Hoy sabemos que los condenados no estaban tratando de reconstruir Batasuna a las órdenes de ETA, sino todo lo contrario; que aquellas reuniones eran el inicio del proceso de separación de Batasuna de la estrategia terrorista. Confiamos, por tanto, en que el nuevo proceso ayude a una interpretación adecuada de aquellos hechos.

Los Socialistas Vascos entendemos el contratiempo que puede suponer la repetición del juicio para unas personas que han cumplido ya íntegramente sus condenas. Pero no compartimos en absoluto que se hable de ensañamiento o que se hagan interpretaciones ajenas a lo estrictamente jurídico, cuando lo que se está haciendo es repetir un juicio que se ha considerado nulo.

No vale aplaudir las sentencias judiciales cuando nos dan la razón y denunciar su politización cuando nos la quitan. En un Estado de Derecho la separación de poderes y el respeto a las decisiones judiciales son fundamentales.

Sabemos que la izquierda abertzale va a usar este caso para movilizar a sus bases y realizar un discurso victimista. Pero también que lo mejor que puede hacer para acabar con este tipo de situaciones y romper definitivamente con los lazos que le siguen uniendo a ETA es hacer una lectura crítica de su pasado y reconocer que matar estuvo mal y que el terrorismo nunca tuvo ni tendrá sentido.

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El chat de los militares retirados y sus ensoñaciones golpistas y de fusilamientos.

Intervención en el Pleno de los Presupuestos del 2 de diciembre de 2020, en referencia al chat de los militares retirados y los fusilamientos de 26 millones de españoles. (Extracto del acta del Congreso)

Señora Presidenta, Señorías. 

Señora vicepresidenta y ministra de la Presidencia, está claro que el neofascismo quiere reescribir la historia. Esto suele pasar. (Rumores). Lobos vestidos de corderos, disfrazados de corderos, quieren reescribir la historia del franquismo. (Aplausos). Lo lamento en la parte que le toca, lo lamento, señor Contreras, dicho de todo corazón, pero no conviene disfrazar la realidad.

Señor Abascal, me dirijo a usted. Ah, que no está. El señor Abascal no está hoy, el señor Abascal no estuvo ayer durante las doce horas de la sesión, el señor Abascal tampoco estuvo anteayer ni un minuto. Me pregunto, señor Abascal, si a usted le interesa el debate de la ley de presupuestos porque usted nunca está aquí. (Aplausos). Esto es grave, y se lo digo a la Mesa de la Presidencia. Desde luego, si algo es el señor Abascal es transparente, no sele ve.

(Rumores)

Una señora diputada: ¿Y el Gobierno?).

El Gobierno está ahí, señora.

Además, le quería preguntar al señor Abascal algo más porque esta mañana yo también me he levantado preocupado cuando he leído en infoLibre frases de ese chat de altos cargos militares, al parecer ya retirados, que dedican sus horas a escribir cartas al rey expresándole sus preocupaciones y sus ensoñaciones golpistas.

Quería preguntarle si él sabe si en esos comentarios en el chat ―porque al parecer ha estado en contacto, no sé si habrá sido él quien ha redactado esa carta que han dirigido estos personajes al rey― me encuentro yo, o mi familia, o estas señoras y estos señores diputados de aquí (señalando la bancada de la izquierda), entre los 26 millones de españoles hijos de puta que habría que fusilar. (Aplausos).  

Ustedes están hablando aquí de convivencia, de libertad, de democracia. ¿A qué 26 millones de españoles, hijos de puta, según un general de División, quieren fusilar, habría que fusilar? Díganlo. Ustedes son los que están encendiendo el odio. Ustedes están encendiendo el odio con estos comentarios. Son su gente, los de VOX, la ultraderecha. Lean esos comentarios del chat, son realmente preocupantes. Evidencian que están ustedes disfrazando la realidad.

¡Señor Casado! ... No está. No está hoy, pero ayer tampoco. Doce horas y ni un minuto de presencia. Tampoco estuvo anteayer. (Un señor diputado pronuncia palabras que no se perciben)

(Rumores).  

La señora PRESIDENTA: Silencio, por favor.  

El señor ELORZA GONZÁLEZ: Estaría inaugurando hospitales con Ayuso o haciendo la antiEspaña, hablando de que en España la libertad padece una situación similar a la de Cuba o a la de Venezuela. ¿Estaría emparejándose el señor Casado con los líderes de la oposición venezolana o cubana? ¿Es esto normal? ¿Es esto de interés nacional, un acto de responsabilidad, una defensa de los intereses de España, señor Casado? Ausente también, como el señor Abascal, que, por cierto, creo que estaba hoy en Canarias al frente de la flota de la Armada española para frenar e impedir la llegada de las pateras. ! Ayy, Vascos!, marineros maravillosos. Hay muchos en la historia: Legazpi, Elcano, .. y Abascal. (Risas).

En fin, terrible. Y tampoco pregunto —miro a la Mesa— a la señora Arrimadas. No la veo hoy y tampoco la vi ayer. Si los líderes de los tres grandes partidos de la oposición no asisten al debate presupuestario ni hoy ni ayer ni anteayer, ¿a qué estamos jugando? Bueno, y tampoco el señor García Egea.
(Rumores) (Aplausos).  

La señora PRESIDENTA: Silencio, por favor.  
......

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Sobre la Reforma de la Constitución. Respuestas al cuestionario de El País.

RESPUESTAS DE ODÓN ELORZA AL CUESTIONARIO DE EL PAÍS SOBRE LA REFORMA CONSTITUCIONAL.

Publicado el 6 de diciembre de 2020.

 

1. LA FORMA POLÍTICA DEL ESTADO.

 

Artículo 1. 3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.

PREGUNTA: ¿Es partidario de modificar este artículo para abrir la puerta a una forma de Estado republicana?

Este artículo pertenece al Título Preliminar, que contiene los elementos básicos de la Constitución de 1978. Reformar el Título Preliminar sería revisar los acuerdos en los que se basó el consenso de 1978, en el que participó directamente el PSOE y que seguimos defendiendo. Con independencia de la opinión que cada militante socialista tiene en el debate entre monarquía y república, el PSOE, partido con vocación republicana, participó del consenso constitucional y se mantiene leal a ese pacto.

2. LA SOBERANÍA Y LA UNIDAD DE ESPAÑA

 

Artículo 1. 2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.

Artículo 2.La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.

PREGUNTA: ¿Es partidario de modificar alguno de estos dos artículos para cambiar el sujeto de soberanía o eliminar la referencia a la unidad de España?

No. El artículo 2 CE es la clave sobre la que descansa la estructura territorial del poder en una España Plural al proclamar dos principios: la unidad de la Nación española y el reconocimiento y garantía del derecho al autogobierno de sus nacionalidades y regiones. Ello abrió paso a la transformación de un Estado centralista en un Estados que se sitúa entre los más descentralizados del planeta.
La soberanía debe residir en el conjunto del pueblo español, no en partes diferenciadas del mismo. Por cierto, es tan contrario a la Constitución ir en contra de la unidad de España como ir en contra de la autonomía política de las nacionalidades y regiones que la integran, pues la Constitución, en el art. 2 CE, las sitúa al mismo nivel.

 

3. LAS LENGUAS

 

Artículo 3

1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.

2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos.

3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.

 

PREGUNTA: ¿Es partidario de fijar en la Constitución que todas las lenguas oficiales deben ser consideradas lenguas docentes en la escuela en sus respectivos territorios?

No. La Constitución es un texto que fija un marco de convivencia. Por su propia naturaleza no le corresponde contemplar determinados detalles como el que señala la Pregunta, cuya regulación debe descansar en la ley. La CE reconoce el derecho a la educación, y en su artículo 3 reconoce la oficialidad de las distintas lenguas de España, lo que supuso un avance extraordinario respecto a la situación anterior. Es todo lo que debe contemplar. Fijar las lenguas que deben ser docentes no le corresponde a la Constitución, sino al legislador. Lo que sí se debe asegurar es que los estudiantes concluyan su ciclo escolar conociendo ambas lenguas, el castellano y la oficial en su Comunidad Autónoma. La forma concreta en que esto se lleve a cabo no le corresponde al Texto Constitucional. 

 

4. LA SANIDAD PÚBLICA

 

Artículo 43.

1. Se reconoce el derecho a la protección de la salud.

2. Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto.

 

PREGUNTA: ¿Es partidario de trasladar este artículo, que ahora está en el capítulo de Derechos y Deberes de los ciudadanos, al capítulo de los Derechos Fundamentales, para dotar de una mayor protección constitucional a la sanidad pública?

Sí. En su momento, cuando se aprobó la CE, no existía la Sanidad universal y gratuita. Hoy sí. Y la sociedad española valora y ha asumido como uno de los elementos principales de nuestro Estado social y democrático de Derecho la Sanidad pública, que hay que reforzar. Una de las maneras que podríamos hacerlo es incorporando este derecho a la protección de la salud entre los Derechos fundamentales directamente aplicables ante los Tribunales e indisponibles para el legislador. Con ello blindaríamos el mismo de la tentación de que pueda ser revertido en el futuro por una mayoría coyuntural en el Parlamento.

 

5. LA CORONA

 

Artículo 56.3. La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, careciendo de validez sin dicho refrendo, salvo lo dispuesto en el artículo 65, 2.

PREGUNTA: ¿Es partidario de modificar este artículo para eliminar la inviolabilidad del Rey o aclarar los límites de esa inviolabilidad?

Estamos, sin duda, ante un precepto controvertido. Su fundamento teórico descansa en que los actos del Rey necesitan ser refrendados, por lo que no se le puede hacer responsable a este de esos actos. Este sería un argumento sólido para defender la inviolabilidad para los actos del Rey relacionados con sus funciones como Jefe del Estado. Sin embargo, el hecho de que la inviolabilidad se extienda sobre todas las actuaciones del Rey, sea cual sea la naturaleza de las mismas, no se justifica ni respeta el principio de igualdad del artículo 14 de la CE. Por tanto, se deberá abrir a una reflexión para la adecuación del artículo 56.3 porque no puede haber espacios para la impunidad de nadie. La Constitución española tendrá que evolucionar conforme a las exigencias de ejemplaridad, transparencia y conducta política democrática.

 

Artículo 57.

1. La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos.

 

PREGUNTA: ¿Es partidario de eliminar la prevalencia del varón sobre la mujer en la sucesión a la Corona? 

Por supuesto. En su momento, el Gobierno de Zapatero solicitó un informe al Consejo de Estado sobre esta cuestión, que ya en 2006 no solo se mostró partidario de la misma, sino que también ofreció una redacción adecuada para llevarla a cabo. No tiene ningún sentido, en la España del Siglo XXI, que se siga manteniendo en la Constitución una discriminación directa por razón de sexo como la que contempla el art. 57 CE. 

 

6. EL MECANISMO DE LA INVESTIDURA

 

Artículo 99.5. Si transcurrido el plazo de dos meses, a partir de la primera votación de investidura, ningún candidato hubiere obtenido la confianza del Congreso, el Rey disolverá ambas Cámaras y convocará nuevas elecciones con el refrendo del Presidente del Congreso.

 

PREGUNTA: ¿Es partidario de modificar este artículo para facilitar que, en caso de no alcanzarse la mayoría absoluta, gobierne la lista más votada y se evite la repetición electoral?

Tanto en 2016 como en 2019 tuvimos que ir a segundas elecciones porque el Congreso de los Diputados no fue capaz de investir a un Presidente del Gobierno, lo que supuso tener un gobierno en funciones durante un tiempo extraordinariamente prolongado. Una parálisis institucional muy dañina para el funcionamiento de la democracia. Esta doble experiencia nos debería hacer reflexionar sobre la necesidad de reformar el artículo 99 CE para impedir que se pueda formar una mayoría de BLOQUEO que no permita la investidura de un candidato.

Para conseguirlo existen varias fórmulas. No hay que inventar nada, son soluciones que ya están funcionando desde hace años para otras instituciones. En mi tierra, en Euskadi, el Parlamento vasco inviste al lehendakari en una votación en la que NO se puede votar que no. Los diputados votan a favor o se abstienen ante los diversos candidatos y sale investido el candidato que en dicha votación parlamentaria a obtenido más apoyos. De esta manera no es posible que se produzca un bloqueo que lleve a la repetición electoral. Otra fórmula es la de la constitución de los Ayuntamientos, que es la que usted plantea, esto es, que se realice una sola votación y si ningún candidato obtiene mayoría absoluta sea investido automáticamente Presidente el candidato de la lista electoral más votada. Creo sinceramente que ambas fórmulas son mejores que la que tenemos actualmente.

 

7. EL ESTADO DE ALARMA

 

Artículo 116.2. El estado de alarma será declarado por el Gobierno mediante decreto acordado en Consejo de Ministros por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados, reunido inmediatamente al efecto y sin cuya autorización no podrá ser prorrogado dicho plazo. El decreto determinará el ámbito territorial a que se extienden los efectos de la declaración.


PREGUNTA: ¿Es partidario de fijar en la Constitución los casos en los que el Gobierno podrá hacer uso del estado de alarma? ¿Y de modificar las condiciones de su aprobación?

No veo la necesidad de recoger en la Constitución lo que ahora viene contemplado en la Ley Orgánica que desarrolla este precepto constitucional.

 

8. EL CONTROL DEL GASTO PÚBLICO

 

Artículo 135

1.. Todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.

2. El Estado y las Comunidades Autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus Estados Miembros. Una ley orgánica fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las Comunidades Autónomas, en relación con su producto interior bruto. Las Entidades Locales deberán presentar equilibrio presupuestario.

3. El Estado y las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por ley para emitir deuda pública o contraer crédito. 

Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las Administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta. Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la ley de emisión.

El volumen de deuda pública del conjunto de las Administraciones Públicas en relación con el producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

4. Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.

 

PREGUNTA: ¿Es partidario de eliminar de la Constitución el compromiso con la “estabilidad presupuestaria” y la prioridad del pago de la deuda sobre cualquier otro gasto?

Considero que la respuesta a esta crisis de la pandemia ha demostrado que se pueden hacer políticas de expansión presupuestaria, contracíclicas, y que había una alternativa al austericidio que se cometió en la crisis anterior, porque los recortes en gasto social no son la solución. Por ello, cabe reformar el artículo 135 CE sobre la estabilidad presupuestaria que debería complementarse con una cláusula de estabilidad social que asegurase, en la distribución del gasto público y con criterios de sostenibilidad, un nivel adecuado y suficiente de financiación de los servicios públicos y las prestaciones sociales. 

9. LA ORGANIZACIÓN TERRITORIAL

 

Artículos 148, 149 y 150. Competencias del Estado y las autonomías.

 

PREGUNTA:¿Es partidario de fijar definitivamente en la Constitución las competencias exclusivas del Estado y las de las autonomías, cerrando la puerta a la posibilidad de delegación de materias de titularidad estatal (150.2)?

¿Es partidario de alterar la actual lista de competencias del Estado y de las autonomías?

 

En cuanto a la posibilidad de incrementar las competencias de las CCAA a costa del Estado o viceversa, no parece que exista actualmente un desequilibrio que aconseje reformar la Constitución en una dirección u otra. Son otros los desafíos.
Nuestro Estado plural y autonómico es una buena solución que ha dado frutos muy positivos. Pero después de 40 años, se han detectado problemas de lealtad y de cooperación que aconsejan fortalecer una Cultura Federal. Además, otro de los más comentados por los expertos es la imprecisa delimitación constitucional de las competencias, lo que conduce a una excesiva conflictividad ante el Tribunal Constitucional.

Por ello, somos partidarios de racionalizar y clarificar el sistema de distribución competencial en la Constitución, incluyendo la delimitación, al máximo posible, de los ámbitos respectivos en las competencias compartidas y enunciando de manera precisa los títulos competenciales de carácter horizontal del Estado.

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